
En dicha orden se determinan varios aspectos novedosos que es preciso conocer. Las especies afectadas, además de los mencionados cangrejos, son el lucio, la lucioperca, percasol, pez gato, alburno y siluro. En todos los casos no podrán devolverse al agua las especies citadas que deberán ser sacrificadas de forma inmediata.

Los ejemplares capturados, una vez sacrificados, deberán retirarse del medio natural para su eliminación mediante autoconsumo o depósito en los lugares para su eliminación convencional. Se trata de evitar que los cangrejos puedan utilizarse para repoblar otras masas de agua, cuestión que está totalmente prohibida. El resto de las normas apenas se modifica en lo relativo al tamaño de los reteles, identificación de los mismos, uso de cebos muertos, horarios y demás.
La normativa recoge la filosofía del decreto de especies invasoras que lo que pretende es la eliminación de dichas especies. Sin duda serán muchos los pescadores de cangrejos que, junto al río Sequillo, este domingo, tendrán que acogerse a estas nuevas normas.
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